18.1 Todas las invenciones, patentes, derechos de autor, secretos comerciales, know-how, resultados de pruebas, herramientas, plantillas y accesorios, u otra propiedad industrial o intelectual, asociados con, o utilizados en o para, la fabricación de los bienes se identificarán en este documento como "Propiedad Intelectual". Dicha información incluye, sin limitación, diseños, procesos, dibujos, impresiones, especificaciones, informes, datos, información técnica e instrucciones.
18.2 Toda la Propiedad Intelectual propiedad del Proveedor con anterioridad a la celebración del presente Contrato ("Propiedad de Fondo del Proveedor") seguirá siendo propiedad del Proveedor. Por el presente, el Proveedor concede y promete conceder al Comprador una licencia mundial, no exclusiva, perpetua, totalmente pagada, irrevocable y sublicenciable sobre la Propiedad de Fondo del Proveedor para usar, vender, ofrecer para la venta, importar, exportar, copiar, adaptar, incrustar, modificar, hacer trabajos derivados, fabricar y mandar fabricar bienes o similares para el Comprador.
18.3 El Proveedor notificará al Comprador cualquier condición o restricción de licencia de terceros que limite el uso por parte del Comprador de la Propiedad de Fondo del Proveedor o imponga cualquier obligación al Comprador y proporcionará al Comprador copias de los acuerdos de terceros y adquirirá las licencias adicionales que necesite el Comprador para ejercer sus derechos en virtud del pedido.
18.4 Por "Propiedad del Proyecto del Comprador" se entenderá toda la Propiedad Intelectual y el producto tangible del trabajo concebido, creado, adquirido o llevado a la práctica por primera vez en relación con el pedido. El Comprador será el propietario de toda la Propiedad del Proyecto del Comprador. El Proveedor no tendrá ningún derecho sobre la Propiedad del Proyecto del Comprador excepto los que el Comprador pueda conceder con el fin de fabricar bienes para el Comprador. El Proveedor ejecutará cesiones y otros documentos y tomará cualesquiera otras medidas que, en opinión del Comprador, sean necesarias para garantizar los derechos del Comprador en virtud del presente. El Proveedor declara que no ha tomado ninguna medida para ayudar en el registro de los derechos de autor o patentes sobre la Propiedad del Proyecto del Comprador y que sólo lo hará cuando el Comprador lo solicite. El Proveedor vinculará contractualmente a sus empleados y a otras personas o partes que puedan ser utilizadas por el Proveedor en la ejecución del pedido a las obligaciones establecidas en esta Sección 19.
18.5 El Proveedor garantiza que los bienes serán creados originalmente por el Proveedor o por empleados del Proveedor dentro del ámbito de su empleo y con la obligación escrita de ceder todos los derechos, títulos e intereses sobre los bienes y la Propiedad Intelectual asociada al Proveedor, incluyendo los derechos enumerados y cedidos al Comprador en el presente documento, o por subcontratistas con la obligación escrita de ceder todos los derechos, títulos e intereses sobre los bienes y la Propiedad Intelectual asociada al Proveedor o, en la medida en que los bienes incluyan piezas, componentes o software de terceros, que el Proveedor haya adquirido los derechos necesarios para el uso libre de cargas de las piezas, componentes o software en los bienes.
18.6 El Proveedor garantiza que en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de un empleado u otra persona o parte según se define en la Sección 19.5, el Proveedor hará cumplir las disposiciones contractuales y, previa solicitud por escrito del Comprador, permitirá al Comprador hacer cumplir las disposiciones contractuales en nombre del Proveedor.
18.7 El Proveedor garantiza que los bienes no contendrán software sujeto a una Licencia de Código Abierto sin la previa aprobación por escrito del Comprador y que en la medida en que cualquier uso de este tipo sea aprobado por el Comprador, el Proveedor tomará las medidas adecuadas para garantizar que los bienes estén libres de todo gravamen. "Licencia de Código Abierto" significa una licencia que requiere como condición de uso, modificación o distribución del software sujeto a la licencia, que el software u otro software combinado o distribuido con el software sea (a) divulgado o distribuido en forma de código fuente; (b) licenciado con el fin de hacer trabajos derivados; o (c) redistribuible sin cargo alguno.
18.8 El Proveedor garantiza, en la medida aplicable a los bienes, que están libres de virus y otras fuentes de corrupción de la red.
18.9 El Proveedor garantiza que cumple todos los acuerdos (incluidos los acuerdos de licencia) con terceros relacionados con la Propiedad de Fondo del Proveedor.
18.10 El Proveedor no venderá a terceros ninguna parte, componente, producto, sistema o proceso producido utilizando Información Propiedad del Comprador, Propiedad Intelectual del Comprador o Propiedad del Proyecto del Comprador. El Proveedor no etiquetará, anunciará, comercializará o promocionará ninguna pieza, componente, producto, sistema o proceso de forma que indique que se trata de un "reemplazo" o "sustituto" de cualquier pieza, componente, producto, sistema o proceso que el Proveedor fabrique o haya fabricado para y/o vendido al Comprador, incluyendo, sin limitación, la exhibición o uso por parte del Proveedor de cualquier número de producto/pieza asignado a dichas piezas, componentes, productos, sistemas o procesos por el Comprador o el Proveedor. Salvo que se autorice expresamente en el presente documento, ninguna disposición de la orden se interpretará en el sentido de que el Comprador concede al Proveedor una licencia o un derecho de uso de la Propiedad del Proyecto del Comprador para fines distintos de la ejecución del trabajo objeto de la orden.